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Hipoteca Azul Tipo de Interés variable Euribor + 0% los 3 primeros meses. Euribor + 0.35% el resto | |
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La compra de una vivienda tiene una serie de implicaciones de tipo fiscal. De una parte tendremos que asumir el pago de unos determinados impuestos asociados a la compraventa de la vivienda mientras que, por otro lado, existen una serie de ventajas fiscales que obtendremos vía desgravación a la hora de realizar nuestra Declaración del Impuesto sobre la Renta (IRPF).. |
 | 1.-Impuestos que gravan la Compraventa de una Vivienda: Adquisición de Vivienda Nueva. |  | 2.-Impuestos que gravan la Compraventa de una Vivienda: Adquisición de Vivienda Usada. | | En el caso de compra a un particular, es decir, cuando se trata de viviendas usadas o de segunda mano, deberá pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al tipo del 6% sobre el valor real de la adquisición (7% en Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Madrid y Murcia), que en principio es el valor declarado en la escritura, sin perjuicio de las posibles comprobaciones de la Hacienda Pública.
En caso de diferencias entre el valor declarado y el valor real, se giran liquidaciones complementarias, y eventualmente, para el caso de que la diferencia exceda ciertos porcentajes, se imponen sanciones que pueden llegar a ser graves.
La liquidación de este impuesto la puede hacer el propio interesado, o bien a través del Notario o de un gestor colegiado las mismas vías antes señaladas.
|  | 3.-Bases para la Desgravación: La Cuenta Ahorro Vivienda. |  | 4.-Bases para la Desgravación: Adquisición, construcción, rehabilitación y ampliación vivienda habitual |  | 5.-Bases para la Desgravación: El concepto de Reinversión. |  | 6.-Bases para la Desgravación: Aspectos que no constituyen inversión en vivienda habitual |
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